Concepto de archivo:
La palabra archivo, del latín archivium,
presenta tres
Acepciones distintas de acuerdo con el
Diccionario de la
Real Academia de la Lengua Española.
Local en el que se custodian
documentos públicos o particulares (lo
que significa la existencia de archivos
no sólo oficial sino también
semipúblicos, comerciales o
particulares); conjunto de estos
documentos y el mueble/s que los
contienen (carpetas, guías, etc.,
donde se colocan).
La misma Administración reconoce estas definiciones de archivo en
La misma Administración reconoce estas definiciones de archivo en
la Ley de Patrimonio Histórico Español.
Otras disposiciones hacen
referencia al archivo como aquella
institución cuya función
primordial es la de reunir, organizar,
conservar y difundir, utilizando
las técnicas adecuadas, dichas conjuntos
de documentos para le
cumplimiento de los fines anteriormente
mencionados.
También se le da este nombre al
servicio especializado (Servicio de
Archivo) cuya misión consiste en
recibir, clasificar, custodiar y
facilitar documentos.
Funciones del archivo:
La principal función del archivo
consiste en la
conservación de documentos, ya que la
Ley obliga a ello
estableciendo unos plazos mínimos de
conservación,
durante los cuales puede ser requerida
su presentación.
Estos documentos se conservaran
debidamente
ordenados y clasificados. Esta
conservación proporciona información sobre el
funcionamiento y los asuntos tratados
por la entidad. El archivo será eficaz
cuando se encuentra rápidamente lo que
se busca.
Otra función del archivo es la de ser un
centro activo de información que
permite relacionar los nuevos documentos
con los ya archivados. Además
sirve como medio de consulta cuando se
pretende indagar en las actuaciones
del pasado. También el archivo sirve
como elemento probatorio cuando el
organismo o entidad pretende demostrar
la realización de un acto o la forma
de hacerlo.
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